Tuesday 27 de May de 2025
MOTOR | 03-02-2021 13:02

Accidentes: ¿cómo se reclama cuando el que maneja es un amigo? 512p4

Se conoce como transporte benévolo a la figura jurídica que involucra al traslado de otra persona sin intención de cobro. Cómo se procede ante la aseguradora del vehículo. Por el abogado Juan Bautista Torres López. Ver galería de imágenes z5jv

Así como no hay una única forma de disfrutar o de descansar, existen múltiples destinos y formas de irse de vacaciones. Más allá de los dilemas vacacionales de rigor -frío o calor; playa o montaña; mar o río; en familia o con amigos-, las posibilidades económicas y el actual contexto de pandemia han modificado hasta los hábitos de aquellos que emprenden un viaje. Muchos turistas, ya sea por la reducción de los vuelos, la falta de ciertos servicios o incluso para no exponerse al Covid-19 en los transportes públicos y de larga distancia, eligen poner en marcha sus propios vehículos o acoplarse -barbijo mediante- al plan de viaje de algún conocido. Resuelto el tema de cómo llegar a destino, todo parece arreglado y la preocupación principal se concentra en la valija y en qué cosas llevar.

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          Pero hay un tema del que se habla poco y que puede ocasionar un fuerte dolor de cabeza en la puerta de las vacaciones: si vamos en el auto o en la moto de un amigo y se produce un choque, ¿quién responde por los daños ocasionados? Si de ese accidente el sujeto transportado resulta lastimado, ¿tiene derecho a hacer algún reclamo?, ¿contra quién?, ¿influye el hecho de que haya aceptado hacer ese viaje sin haber efectuado reservas? Y del lado del conductor -que puso su vehículo con la mejor buena voluntad y, a las claras, no tuvo intenciones de formar parte de un siniestro, haciendo un favor e incluso sin cobrar una tarifa por ello- ¿su altruismo y solidaridad pueden eximirlo de responsabilidad?

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          Llevar a alguien de onda en el auto, moto o en cualquier otro vehículo, ya sea en un viaje largo o por acercar a alguien hasta la casa o la parada del colectivo, en el campo del Derecho se conoce como transporte benévolo. Esta figura jurídica es más frecuente de lo que se cree: en vacaciones, también es protagonista cuando se acepta llevar a alguien que hace dedo en la ruta o al salir de la playa, al momento de regresar al hogar. Habrá transporte benévolo siempre que se traslade a una persona y se haga sin esperar una contraprestación a cambio ni haya expectativa de rédito económico. Lo cierto es que las buenas intenciones no borran la responsabilidad de quien asume un riesgo o está al frente de una cosa riesgosa, como lo es un medio de transporte motorizado. Con esto aclaramos el primer punto: sí, el conductor será responsable de los daños que se ocasionen. Incluso si quien maneja no es el dueño del vehículo, para demandar en un juicio a la compañía aseguradora -que todo automóvil debe tener- será necesario también traer al proceso al dueño del vehículo. La solidaridad, el altruismo, la cortesía, no eximen de responsabilidad a quien se ubica frente al volante.

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