Greenpeace, Fundación Patagonia Natural, y la Asociación Argentina de Abogados Ambientalistas -lorganizaciones que integran la querella de la causa por la matanza de los pingüinos de Punta Tombo, han reconocido la decisión de la Cámara de Apelaciones de Trelew que confirmó la sentencia condenatoria del Tribunal Colegiado de Juicio de Rawson contra Ricardo La Regina el 20 de noviembre de 2024.

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El Tribunal de Primera Instancia condenó al acusado a tres años de prisión de ejecución condicional y le impuso estrictas reglas de conducta, como la prohibición de transitar con vehículos de gran porte en zonas sensibles al ecosistema, la obligación de colaborar con tareas de restauración ambiental en la estancia La Perla - donde se perpetraron los hechos-, y la prohibición de realizar obras sin autorización e informes de impacto ambiental aprobados por las autoridades provinciales.

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Además, la sentencia ordenó, como habían solicitado las organizaciones querellantes durante el juicio oral, el decomiso de la retroexcavadora utilizada para perpetrar los delitos constatados, reconociendo su rol instrumental en la ejecución de los hechos.

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“Celebramos la decisión del tribunal. Una vez más, queda demostrado que este caso fue un claro ejemplo de daño directo a los pingüinos y a la naturaleza, y, gracias al accionar de la justicia, no quedó impune. Sin embargo, la protección al ambiente debe ampliarse y respetarse. Por eso, es necesario avanzar a nivel nacional en la penalización de los delitos ambientales”, afirmó Matías Arrigazzi, especialista en Biodiversidad de Greenpeace Argentina.

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La sentencia que impuso el tribunal de primera instancia en noviembre de 2024 ya había acreditado la responsabilidad del acusado por el desmonte de flora nativa y la apertura ilegal de caminos mediante el uso de maquinaria pesada ocurrida entre agosto y diciembre del 2021 y que provocó la destrucción de nidos, la muerte de más de un centenar de pingüinos y el daño a una colonia entera en plena temporada reproductiva.
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“Este fallo no solo impuso una condena ejemplar, sino que, también, sienta un precedente en la defensa de los ecosistemas del país. El uso del término ecocidio por uno de los jueces del tribunal es innovador. Es un término que el campo ecosocial impulsa desde hace años, pero que la legislación argentina aún no lo tipifica como delito”, manifestó Lucas Micheloud, co-director ejecutivo de la Asociación Argentina de Abogados Ambientalistas.
“Con este caso probamos que nadie es dueño de la naturaleza. Si bien los bienes comunes están dentro de propiedad privada, quien destruye los ecosistemas comete un delito contra toda la sociedad. Este nuevo fallo lo evidencia, y marca un límite frente al avance de prácticas extractivas y destructivas”, concluyó el especialista.
“Con esta decisión, la justicia es clara; cualquier actividad que atente contra la protección de los ecosistemas y su biodiversidad no quedará impune. Este es un caso testigo. Es un ejemplo que esperamos se aplique en el resto de la Patagonia en un principio para establecer normas claras para la protección de los ecosistemas y su biodiversidad”, agregó José María Musmeci, presidente de Fundación Patagonia Natural.
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