Teniendo en cuenta que el período reproductivo del dorado en la región se extiende de primavera a verano, se establece una veda que va desde el 1 de septiembre al 31 de diciembre, una medida que repite lo sucedido años anteriores y que, en esta ocasión, fue confirmada por Resolución Nº 111/2023 de la Comisión a del Río Uruguay, publicada en el Boletín Oficial de la República Argentina.

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Estos cuatro meses permiten proteger la época del desove y aumentar así la eficiencia reproductiva de una especie icónica para el Uruguay. De acuerdo con el organismo, tanto el año pasado como en el actual se desarrollaron reuniones de trabajo en el marco del Programa de Conservación de la Fauna Íctica y los Recursos Pesqueros del Río Uruguay, donde participaron asesores de los organismos de Argentina y Uruguay. Allí se expidieron informes que “postulan la continuidad de la veda del dorado en época reproductiva en base a idénticos argumentos que los esgrimidos en años anteriores y que regirán las sucesivas prórrogas”.

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La CARU recuerda que la mencionada Resolución se enmarca en las tareas de preservación de la Biodiversidad y la conservación de los recursos ícticos del Río Uruguay que desarrolla la Comisión a del Río Uruguay.
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