Práctica de tiro. Foto: weekend 6g1k6t

La ANMaC trabaja junto a organizaciones desarmistas en contra de los derechos de los legítimos s. Y así lo demuestran los trámites ingresados, que rebotan, por ejemplo, porque alguno de los números originales de serie tiene un relieve diferente al resto. Foto: Weekend 2h4p6a

En dos días más de 12.000 personas pasaron por la 30ª Feria Internacional de Caza, Pesca y Outdoors que se realiza en La Rural hasta el 21 de agosto Foto: Marcelo Ferro 85z

NOVEDADES

Tenencia de armas: nuevos trámites exprés 556f1x

La ANMaC dispuso el otorgamiento de tenencias digitales a través de la aplicación Mi Argentina. Cómo es el proceso. También derogó las habilitaciones municipales para armerías. 6q5s4p

Por Hernán Rodríguez 3c514y

Como se venía anunciando, la Agencia Nacional de Materiales Controlados ANMaC) dispuso el otorgamiento de las tenencias express con 72 horas de demora, para armas y otros materiales controlados que requieran su tramitación ante el organismo. En un avance de la digitalización promovida en la istración pública, ahora los s de armas legales de la Argentina podrán realizar online el trámite de tenencia y tarjetas de control de consumo de munición a través de la aplicación Mi Argentina. El costo de las estampillas de Ley es de $ 20.000 para la tenencia y de $ 10.000 para el registro de municiones, esto a valores al cierre de la presente edición. 

El hecho se enmarca en el Plan de Transformación Digital Integral de la ANMaC, y está destinado a la obtención de la tenencia de armas de fuego con Código Único de Identificación del Material (CUIM), adquiridas a través de s Comerciales (UCOM - Armerías) por s individuales y de las Fuerzas Armadas, de Seguridad, policías y servicios penitenciarios.

Habilitación para armerías 2i3666

Siguiendo el mismo lineamiento, hace unos días el organismo emitió una resolución en la que se exime a quienes desean habilitar un local comercial, ya sea de taller de armero, recarga de munición o armería, de la hasta recién exigida habilitación municipal. Luego de tantas disposiciones y resoluciones que afectaron a todo tipo de s, desde individuales a comerciales y coleccionistas, esta es una buena noticia, ya que indirectamente hasta los s individuales se beneficiarían al haber una mayor oferta de materiales. 
Para el legítimo puede no parecer una noticia importante, pero sí lo es, ya que facilitará el funcionamiento de pequeños talleres y hasta de fábricas de armas de producción media, los que podrán instalarse sin esa exigencia no siempre fácil de cumplimentar. Cabe destacar que hace unos años, en otra istración, se había resuelto lo mismo, pero al poco tiempo se dejó sin efecto en esa oportunidad.
El articulado textual expresa lo siguiente:

Art. 1°. Déjese sin efecto como requisito previo, contar con la habilitación municipal para la habilitación y/o rehabilitación; inscripción y/o reinscripción, por parte de la Agencia Nacional de Materiales Controlados, de instalaciones comerciales e industriales, a saber: s Comerciales Distribuidores Mayoristas, s Comerciales Minoristas, talleres de reparación de armas, fábricas de armas, fábricas de armas en forma no continua (artesanal, hasta un máximo de 1.200 unidades por año), fábricas de materiales de usos especiales, fábricas de repuestos principales de armas, fábricas de municiones, fábricas de componentes de munición, fábricas de elementos de recarga de municiones, talleres de recarga comercial de municiones, talleres de reparación de materiales de usos especiales (vehículos blindados), talleres de armado de materiales de usos especiales (vehículos blindados), plantas de destrucción de materiales de usos especiales y depósito de armas y/o municiones.
Art. 2°. Déjese sin efecto como requisito previo, contar con habilitación municipal para la habilitación y/o rehabilitación; inscripción y/o reinscripción, por parte de la Agencia Nacional de Materiales Controlados, de los s Entidades de Tiro con Instalaciones propias.
Art. 3. Los s a que se refieren los artículos 1° y 2° de la presente, deberán cumplir con los demás requisitos y condiciones de seguridad para la guarda y almacenamiento de materiales controlados conforme lo establece la normativa vigente.
Art. 4. La inscripción/habilitación de la ANMaC no exime al solicitante del cumplimiento de las normas nacionales, provinciales y/o municipales que pudieren corresponder para el inicio y/o continuidad de sus actividades.
Dos buenas noticias de ANMaC que lentamente va tomando la temperatura de la necesidad de los s de armas legales de la Argentina y actuando en consecuencia.

En esta Nota 6w3y1f